¿Quién puede hacer retiros por desempleo?

En primer lugar, los que se encuentren en situación de desempleo, deben acreditar con los estados de cuenta correspondientes no haber efectuado retiros durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de retiro de recursos.

¿Qué requisitos me piden para hacer retiros del Afore por desempleo?

Tienen derecho a retirar parcialmente por situación de desempleo los recursos de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, después de 46 días naturales contados a partir del día en que quedó desempleado y observar los siguientes requisitos:

  1. La cuenta individual debe tener al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización al Instituto, podrá retirar en una exhibición la cantidad que resulte lo equivalente a 30 días de su último salario base de cotización ó máximo 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal.
  2. Si la cuenta individual tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.5% del saldo de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Las cantidades antes mencionadas se entregarán en un máximo de 6 mensualidades.

La primera de las cuales podrá ser por un monto de 30 días de su último salario base de cotización. En caso de que el trabajador se reincorpore a laborar durante el plazo de entrega de los recursos, las mensualidades posteriores a su reincorporación se suspenderán.

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