¿A quién va dirigido?

El tema del que vamos a platicar el día de hoy va dirigido a aquellos ascendientes del trabajador o sea los padres; pero muy bien aplica para hijos, cónyuges, concubina o concubinario que quisieran hacer el trámite para acreditar la dependencia económica que tenían respecto al trabajador fallecido.

Este trámite es un requisito que en ocasiones y dependiendo del caso, el IMSS les solicita con el fin de qué la persona que está realizando la solicitud de pensión por ascendencia, acredite el hecho que, como ascendiente reúne el requisito que la ley establece; es decir, que dependían económicamente del trabajador del cual resulta ser beneficiario.

¿Qué es la dependencia económica?

Pues bien, este trámite es un trámite judicial; mal llamado juicio de dependencia económica y ¿por qué mal llamado? porque en realidad no es un juicio, tiene que tramitarse ante instancias judiciales del orden familiar, es decir, ante un juez de lo familiar, pero no es un juicio; sino un procedimiento fuera de juicio que sirve para acreditar mediante documentos y testigos, que usted como padre o madre del trabajador fallecido dependía económicamente de este.

El trámite como les comenté, se utiliza y se los piden cuando solicitan una pensión por ascendencia. El problema se presenta cuando acuden a las oficinas del IMSS para hacer el trámite y solicitud de pensión, pero el IMSS dentro de todos los requisitos les pide que acrediten la dependencia económica, porque la ley establece en el caso de los padres que van a tramitar una pensión específicamente que sean dependientes del trabajador; pero el IMSS no les dice cómo hay que hacerlo, donde hay que hacerlo, qué tipo de documento es, en fin, no les dice nada; únicamente los regresan y les dicen tráigame usted la resolución de dependencia económica.

Cómo acreditar la dependencia económica
Date

agosto 4, 2023

Client

https://www.youtube.com/@AbogadoCarlosGallegos

Category

Familiar