
¿Qué hago si me quieren despedir?
- Antes de estar ante esta situación, debes ser consciente de las causas de un despido y los alcances que tienen las mismas, recuerda que en unos casos el patrón no tiene obligación de pagarte una indemnización si incurriste en alguna falta laboral (estas causas las encuentras en el blog que hablo sobre las causas de despido).
- Dicho lo anterior, toma en cuenta que, ante un despido, se te debe pagar una indemnización consistente en 90 días de salario (en ocasiones puedes llegar a un acuerdo para que se te paguen menos días), el pago proporcional de aguinaldo calculado a la fecha del despido del que seas objeto, pago de vacaciones y prima vacacional, así como una prima de antigüedad que se te deberá pagar siempre que se trate de un despido injustificado.
¿En una conciliación me deben pagar salarios caídos?
- Muchas veces se confunde en que consiste el pago de salarios caídos, pensando que se deben pagar desde el momento de una cita conciliatoria, pero no es así, es evidente que se te deben pagar los salarios caídos, pero estos serán pagados en el caso de que exista un juicio y se dicte sentencia condenando al patrón demandado al pago de este concepto, pero difícilmente se pagará en un acuerdo conciliatorio.
- Se dan casos, en los que se intenta «persuadir» al trabajador con el fin de que firme una renuncia voluntaria y se le pague únicamente un finiquito, sin embargo, debes tomar en cuenta si el despido se debe por una falta que hayas cometido y sea motivo de rescisión de contrato, solo en ese caso te pagarán un finiquito y no tendrás derecho a una indemnización, de lo contrario, evita firmar cualquier documento que contenga una “renuncia voluntaria” y un pago de finiquito, en caso de que firmes estos documentos no podrás ejercer acciones legales en contra del despido.
- Ante un despido no olvides, siempre buscar asesoría con un abogado para que te represente ante las autoridades laborales, también puede buscar ayuda ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde te pueden brindar la asesoría adecuada.
Algunas veces, los patrones pretenden justificar el despido bajo supuestos que no son justificables para el empleador, sin embargo, se siguen realizando estas prácticas. Te menciono solo algunas:
- Se pueden presentar situaciones en las que pretenden despedir al trabajador por tener faltas acumuladas, sin embargo, un despido por faltas de asistencia solamente se puede realizar sin estas fueron de forma continua en un periodo de 30 días, es decir, si faltaste tres veces durante un mes sin dar aviso al patrón o no justificaste esas inasistencias, puedes ser objeto de un despido sin tener derecho a una indemnización, de lo contrario te deben indemnizar conforme a derecho.
- Sin embargo, un despido sobre la base de tener mas de tres faltas consecutivas en 30 días, no significa que el despido deba ser en automático; el patrón tiene la obligación de demostrar al trabajador la falta en la que incurrió y notificarle al trabajador de manera formal y personal la rescisión del su contrato laboral.
- Hay empleos en que piden al trabajador metas mensuales, ya sea de ventas, de apertura de contratos, entre otras; por lo que al no cumplir dichas metas toman decisiones al respecto y rescinden el contrato de trabajo, sin embargo, este despido no es justificado, pues en ocasiones no es posible cumplir con estas metas, pero no significa que sea motivo para un despido si el trabajador se ha conducido con probidad en su fuente de trabajo, por tanto en este caso también se le debe pagar una indemnización al trabajador.
¿Qué hago en caso de que pretendan despedirme?
- Pago de 90 días de salario (en ocasiones se busca llegar a un acuerdo y ofrece el patrón 45 días de sueldo)
- Pago proporcional de aguinaldo
- Pago de vacaciones (en caso de no haberlas disfrutado)
- Pago de prima vacacional
- Pago de prima de antigüedad
¿Qué hago si no quieren pagarme la indemnización?
- Puedes acudir con un abogado para que te asesore sobre los derechos que tienes como trabajador y el pago que te corresponde por el despido injustificado, o bien acudir a la Procuraduría de la defensa del trabajo, en donde te atenderán de forma gratuita.
- También debes acudir al Centro de Conciliación laboral para solicitar una cita conciliatoria con el patrón, a quien se le enviará una cita con el fin de llegar a un acuerdo y se te pague la indemnización que te corresponde, es necesario tomar en cuenta que debes agotar la etapa de conciliación antes de iniciar un juicio en contra de tu empleador.
Si no llegaras a tener un acuerdo con el patrón, podrás demandarlo ante los Juzgados laborales, en donde se iniciará el proceso correspondiente.
Como conclusión
Ante un despido no olvides buscar asesoría con un abogado para que te represente ante las autoridades laborales, también puedes buscar ayuda ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde también te pueden brindar la asesoría adecuada.
Espero que la información les haya sido de utilidad.
Les agradezco que hallan llegado hasta el final de este post.
Abogado litigante de las áreas de Legislación tributaria, ley de la propiedad intelectual, Derecho de propiedad, Derecho de patentes, Derecho mercantil, Derecho laboral, Derecho de sociedades, Derecho de marcas, Derecho concursal, Derecho de defensa penal.
Si quieres conocer más sobre Afores, relaciones laborales, seguridad social, y en general todo lo que tiene que ver con el mundo corporativo y de empresas, escríbeme. cgallegos@carlosgallegos.com
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