Acciones legales en caso de negativa de pago del AFORE

El dinero acumulado en la cuenta individual del fondo para el retiro pertenece a los trabajadores que cuentan con seguridad social. Sin embargo, en ocasiones las administradoras de estos fondos se niegan a entregar los montos ahorrados, lo que lleva a los trabajadores a tener que emprender acciones legales contra el AFORE para exigir el pago correspondiente.

A partir de la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, se modificó el régimen pensionario para los trabajadores que laboran para empleadores privados, pasando de un sistema de beneficio definido a uno de contribución definida.

En este nuevo esquema, los trabajadores obtienen una pensión con el dinero que han ahorrado en una cuenta individual a su nombre, gestionada por una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE). Sin embargo, para acceder a estos recursos, se deben cumplir ciertos requisitos legales. En ocasiones, la AFORE se niega a devolver los fondos o lo hace de forma incompleta al considerar que no se cumplen los requisitos legales establecidos.

A continuación, presentaremos el marco normativo de las subcuentas de la cuenta individual, algunos casos especiales y la forma de reclamarlos a través de acciones legales.

Retiro de los recursos

Los asegurados pueden retirar los recursos de su cuenta individual de forma parcial o total.

Retiros parciales: Se pueden solicitar retiros parciales en los siguientes casos:

  • Desempleo: Cuando el trabajador queda sin empleo, puede solicitar un retiro de fondos después de 46 días de haberse quedado desempleado.
  • Matrimonio: Cuando el trabajador se casa civilmente, puede recibir un retiro equivalente a 30 días de salario mínimo. Sin embargo, el trabajador debe acreditar el matrimonio.

Retiros totales: En este caso, se requiere contar con una resolución del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) que otorgue o niegue la pensión, para poder retirar los recursos de la cuenta individual o utilizarlos para contratar una pensión, según sea el caso.

Actualmente existen dos modalidades para obtener una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, según el régimen pensionario que se escoja. Estas modalidades son las siguientes:

  • Reparto: Aplica para los trabajadores que comenzaron a cotizar hasta el 30 de junio de 1997. En este caso, el Seguro Social cubre las pensiones con los aportes de todos los trabajadores afiliados.
  • Cuentas individuales: Aplica para los trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. En este caso, la pensión se financia con los recursos depositados en la cuenta individual del trabajador, administrada por su AFORE.

Casos especiales

Negativa de pensión: Si se recibe una resolución negativa por parte del IMSS debido a la falta de semanas de cotización, pero se cumple con la edad requerida, el trabajador puede retirar el saldo total de la cuenta individual.

¿Qué hacer si se niegan a pagar el AFORE?

Cuando la AFORE se niega a entregar los fondos al trabajador, al pensionado o a sus beneficiarios, a pesar de tener derecho a recibirlos y reclamar el retiro correspondiente, es posible presentar una demanda laboral ante los Juzgados Federales en materia laboral. Sin embargo, cómo los fondos deben ser autorizados tanto por el IMSS como por el Infonavit, también se debe demandar a estas instituciones para que ordenen la disponibilidad de los recursos.

Plazo para presentar la demanda

El plazo para solicitar la exhibición de los recursos es de 10 años. Si no se reclaman estos fondos dentro de dicho plazo, pasarán a formar parte del patrimonio del IMSS y el Infonavit.

En conclusión, en muchas ocasiones las administradoras de fondos se niegan a devolver los recursos sin una justificación legal válida. Ante esta situación, es recomendable consultar a un abogado para recibir asesoramiento y poder cobrar estos fondos, ya sea de forma administrativa o iniciando un juicio contra la Administradora de Fondos para el Retiro correspondiente. También es importante reclamar el pago al IMSS y al Infonavit para obtener la autorización de los fondos.

Espero que la información les haya sido de utilidad.

Les agradezco que hallan llegado hasta el final de este post.

Abogado litigante de las áreas de Legislación tributaria, ley de la propiedad intelectual, Derecho de propiedad, Derecho de patentes, Derecho mercantil, Derecho laboral, Derecho de sociedades, Derecho de marcas, Derecho concursal, Derecho de defensa penal.

Si quieres conocer más sobre Afores, relaciones laborales, seguridad social, y en general todo lo que tiene que ver con el mundo corporativo y de empresas, escríbeme. cgallegos@carlosgallegos.com

  1. abril 11, 2024

    Hola, usted se ubica en la Ciudad de México?

    Necesito una asesoría pues a mi tía de 94 años no se puede jubilar pues le descontaron semanas cotizadas porque hace alguno años dispuso dinero de sus AFORES e INFONAVIT, pues ahorita lo necesita sobretodo para reparar su casa que ya es antigua y le urgen algunas reparaciones.

    En Banamex tienen buena disposición el ejecutivo pero en el último paso ya no le permite avanzar el sistema para pagarle sus Afores e INFONAVIT.

    Ella no tiene familiares directos, sólo yo como su sobrina y mi hija que es su sobrina nieta, no se si a ella por Discapacidad le pueda transferir sus AFORES.

    ATENTAMENTE

  2. abril 11, 2024

    Hola, usted se ubica en la Ciudad de México?

    Necesito una asesoría pues a mi tía de 94 años no se puede jubilar pues le descontaron semanas cotizadas porque hace alguno años dispuso dinero de sus AFORES e INFONAVIT, pues ahorita lo necesita sobretodo para reparar su casa que ya es antigua y le urgen algunas reparaciones.

    En Banamex tienen buena disposición el ejecutivo pero en el último paso ya no le permite avanzar el sistema para pagarle sus Afores e INFONAVIT.

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    ATENTAMENTE

    • abril 23, 2024

      NO se pueden transferir saldos de una afore a otra, por ser cuenta-habientes diferentes. Lo que pueden hacer es pagar las semanas que tomaron prestadas para que vuelva a tener el beneficio.

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